BENEFICIO DE GUARDERÍA 2016

CIRCULAR
Para: TODO EL PERSONAL
Asunto: BENEFICIO DE GUARDERÍA
Fecha: 16/02/2016

La Dirección de Recursos Humanos le recuerda a todo el personal que goza del Beneficio de Guardería la normativa que regula el pago del mismo.

En tal sentido, se explica en detalle los requerimientos en cuanto al desglose de las facturas emitidas por las diferentes instituciones en las que tengan inscritos a sus hijos, para ser consignadas en RRHH y se proceda a su cancelación:
a.    Deben venir emitidas a nombre de la Alcaldía del Municipio Sucre del  Estado Miranda, RIF G-20000148-8, en el campo dirección fiscal, colocar Av. República Dominicana, Edif. Prestigio Giorgio, Urb. Boleíta Sur, Piso 4, Caracas Venezuela.
b.    Se debe indicar, nombres y apellidos del estudiante, nivel de estudio, fecha de emisión de la factura, nombre del representante y montos discriminados, atendiendo a los servicios recibidos en el Centro de Educación Inicial (mensualidad, alimentos, actividades extracurriculares, otros, si fuese el caso que el trabajador cancela algo más que matrícula)
c.    Las facturas deben venir llenas en su totalidad, no se deben  dejar campos en blanco.
d.    No deben tener enmiendas, tachaduras o borrones.

Los empleados que deseen disfrutar del beneficio por primera vez, deben cumplir con los siguientes requisitos:

1.    Llenar la Planilla de solicitud Beneficio de Guardería. (entregada en la taquilla de RRHH) e incluir los soportes requeridos:
2.    Copia de la Partida de Nacimiento del Niño.
3.    Copia del Registro de la institución educativa ante el Ministerio del Poder Popular para la Educación (VIGENTE o constancia de estar tramitando el mismo).
4.    Certificación  de cuenta bancaria la cual debe corresponder con el año fiscal en el cual se solicita el beneficio.
5.    Copia del RIF de la institución educativa.
6.    Original de la constancia de inscripción del niño.
7.    Factura fiscal con todas las especificaciones explicadas anteriormente.
Es importante señalar que la Dirección de Recursos Humanos sólo pagará facturas que correspondan a mes vencido.

La factura debe ser consignada en RRHH los primeros 15 días de cada mes, indicando en la parte posterior de la misma, nombre, apellido y número de cédula de identidad del trabajador.

Sin otro particular a que hacer referencia, queda de usted.


Atentamente,

NURY N. PACHECO V.
DIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS

Resolución No. 137-14/15-12-14 del 15/12/2014
  Gaceta Municipal Extraordinario 345-12/2014 del 15/12/2014


¡En Recursos Humanos trabajamos para ti!