MODIFICACIÓN AL PORCENTAJE DE RETENCIÓN INICIAL I.S.L.R.

CIRCULAR


Para: TODO EL PERSONAL
Asunto: MODIFICACIÓN AL PORCENTAJE DE RETENCIÓN INICIAL I.S.L.R.
Fecha: 30/05/2016


Se les recuerda a todo el personal que de conformidad con lo estipulado en el Artículo 7, Parágrafo Primero y Artículo 4 del Reglamento Parcial de la Ley de Impuesto Sobre la Renta en Materia de Retenciones, dentro de la primera quincena de los meses de Marzo, Julio, Septiembre y Diciembre del 2016, podrán modificar el porcentaje inicial de retención, presentando en esta Dirección, hasta el 21/06/2016, la respectiva modificación de su AR I -2016.

Nota: aquellos trabajadores que excedan las 3.000 unidades tributarias anuales, están en la obligación de presentar esta planilla de retención, de no ser así, se aplicará la sanción estipulada en la Ley de Impuestos  Sobre la Renta, desde el 6% hasta el 34% de acuerdo a su remuneración anual. (IMPORTANTE DESTACAR QUE CADA VEZ QUE SE HAGA UN AJUSTE SALARIAL, EL FUNCIONARIO TIENE EL DEBER DE DECLARARLO)
Nota: En el correo se anexa el formato de la planilla AR-I

Agradeciendo su acostumbrada atención y así mismo la difusión de esta información, queda de usted

Atentamente,


NURY N. PACHECO V.
DIRECTORA DE RECURSOS HUMANOS
Resolución No. 137-14/15-12-14 del 15/12/2014
  Gaceta Municipal Extraordinario 345-12/2014 del 15/12/2014
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